
Rechazan pedido de libertad de condenado por delitos de lesa humanidad
TELEDIARIO.ar
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación, integrada por los jueces Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, resolvió rechazar el recurso presentado por la defensa de Ricardo Taddei, ex coronel del Ejército condenado a 25 años de prisión por 161 hechos de lesa humanidad. Taddei fue detenido en 2006 en España, donde residió durante dos décadas para evadir la justicia argentina, y en 2010 recibió la condena por homicidios calificados, privación ilegítima de la libertad agravada, tormentos e incluso secuestros extorsivos. La sentencia fue ratificada en 2014 y desde entonces el represor ha intentado obtener beneficios de libertad condicional, sin éxito.
El juez Carbajo sostuvo que la libertad condicional no es automática y que debe evaluarse cada caso en función de las circunstancias comprobadas. Señaló que Argentina tiene obligaciones internacionales de investigar y sancionar graves violaciones a los derechos humanos, las cuales no pueden ser desnaturalizadas por decisiones en la etapa de ejecución de la pena. En este sentido, se concluyó que Taddei no presenta un pronóstico favorable de reinserción social y debe continuar bajo tratamiento penitenciario. Hornos coincidió en que liberar a responsables de crímenes de la dictadura está vedado por razones constitucionales y convencionales, subrayando que el acusado no demuestra comprensión del daño causado ni de la gravedad de sus actos.
Borinsky, por su parte, recordó que la Sala IV ya había rechazado pedidos similares de Taddei y que la defensa no aportó argumentos novedosos que justificaran un cambio de criterio. La audiencia previa al fallo fue pública y contó con la participación de la defensa, el Ministerio Público Fiscal, las querellas y las víctimas, quienes se opusieron firmemente a la concesión de la libertad condicional. Entre ellas estuvieron Iván Toitero, Gabriela Funes, Miguel D’Agostino, Ana María Careaga, Mirta Israel, Guillermo Cabrera Cerocchi y Julieta Daelli, quienes remarcaron la necesidad de que se cumpla la condena en su totalidad.
La decisión de la Cámara reafirma la postura de la Justicia argentina frente a los crímenes cometidos durante la última dictadura militar, al sostener que los responsables de violaciones masivas a los derechos humanos deben cumplir sus condenas sin beneficios que puedan diluir la sanción impuesta. El fallo refuerza la expectativa social de que los fines del derecho penal se cumplan y que las víctimas sean escuchadas, manteniendo firme el compromiso del país con la memoria, la verdad y la justicia.


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