
La Cámara del Trabajo de Córdoba marca límites a la Reforma Laboral exclavista de Milei
TELEDIARIO.ar
La Justicia laboral de Córdoba emitió dos fallos que cuestionan aspectos centrales de la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei. Las resoluciones declararon inconstitucional el pago de indemnizaciones en cuotas y el uso de la tasa del Banco Central para actualizar créditos laborales, marcando un precedente que podría replicarse en otros tribunales del país.
El primer fallo fue dictado por la Sala 7 de la Cámara del Trabajo, con voto del juez José Luis Rugani, en el caso “Ceballos c/ Iris Energía”. Allí se rechazó la posibilidad de que las empresas fraccionen las indemnizaciones por despido, al considerar que esta modalidad viola el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, que garantiza la protección contra el despido arbitrario, y el artículo 17, que resguarda el derecho de propiedad. El tribunal subrayó que las indemnizaciones tienen carácter alimentario y deben cubrir necesidades básicas como vivienda, salud y alimentación.
El segundo fallo fue emitido por el juez Ricardo Giletta, de la Sala Primera de la Cámara del Trabajo, en el caso “Urbano c/ A. Giacomelli S.A.”. Allí se declaró inconstitucional el artículo que establecía la aplicación de la tasa del Banco Central para actualizar créditos laborales. El magistrado sostuvo que esta medida generaba una desigualdad injustificada entre trabajadores, ya que quienes iniciaron juicio antes de la reforma cobrarían menos que quienes lo hagan después. En consecuencia, ordenó aplicar el criterio anterior, basado en el CER ligado a la inflación, para preservar el valor real de los créditos.
Ambos fallos ponen en jaque la constitucionalidad de puntos sensibles de la reforma laboral y anticipan una ola de litigios en todo el país. La tensión entre el objetivo oficial de favorecer a las empresas y la protección constitucional de los derechos de los trabajadores quedó expuesta en estas resoluciones judiciales.


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