Imputado por capturar, lesionar y causar la muerte de tres perros, además de arrojar restos contra un instituto educativo en Fiambalá

La imputación se originó a partir de una investigación iniciada de oficio por el Ministerio Público, a la cual posteriormente se sumaron denuncias formales, testimonios de testigos y la recolección de distintas medidas de prueba. El imputado fue sometido a indagatoria con la asistencia letrada de la defensora oficial, y durante la diligencia decidió abstenerse de declarar ante las autoridades.
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Luis Jorge del Valle Barros Risatti en TELEDIARIO.
Luis Jorge del Valle Barros Risatti en TELEDIARIO.

La Fiscalía de la Quinta Circunscripción Judicial, con sede en la ciudad de Tinogasta y a cargo del fiscal penal Dr. Luis Jorge del Valle Barros Risatti, formuló imputación contra un individuo por los delitos de crueldad animal y daños calificados. Este último delito se tipifica debido a que el daño fue cometido contra un bien de uso público, según lo establece la normativa vigente.

Según la investigación, el acusado habría capturado y trasladado a varios perros hasta un terreno descampado ubicado en la localidad de Fiambalá. En ese lugar, presuntamente les causó lesiones graves que derivaron en la muerte de los animales. Además, se le atribuye haber arrojado la cabeza de uno de los perros contra la entrada del Instituto de Estudios Superiores de Fiambalá, acción que provocó daños materiales en la estructura del edificio educativo.

La imputación se originó a partir de una investigación iniciada de oficio por el Ministerio Público, a la cual posteriormente se sumaron denuncias formales, testimonios de testigos y la recolección de distintas medidas de prueba. El imputado fue sometido a indagatoria con la asistencia letrada de la defensora oficial María Eugenia González, y durante la diligencia decidió abstenerse de declarar ante las autoridades.

Consultado sobre cuáles fueron los elementos probatorios que resultaron determinantes para avanzar con la imputación por ambos delitos, el fiscal Barros Risatti explicó:

Lo principal fue una investigación que realizó la Policía de la Provincia, con personal de investigaciones y de la localidad de Fiambalá, buscando datos y también el hallazgo de los restos de estos animales en cercanías de donde ocurrió el hecho inicial: el daño producido en la puerta del Instituto de Fiambalá, con la cabeza de un perro. Luego, en un rastrillaje llevado a cabo en un descampado cercano a ese establecimiento, se encontraron los restos de ese mismo animal y de otros dos. A partir de ese hallazgo, el personal continuó con las indagaciones y se pudo determinar —con el grado de sospecha que corresponde a esta etapa procesal— la participación del imputado en los hechos, además de que se comprobó que vive en las inmediaciones del instituto”.

Al ser interrogado sobre la calificación jurídica de la muerte de los tres perros según la ley nacional y las penas que contempla la normativa, el funcionario detalló el encuadre legal: En este caso particular se ha acreditado la crueldad ejercida sobre tres animales, lo que constituye tres hechos delictivos conforme a la Ley Nacional de Protección Animal, que establece una pena de prisión de entre 15 días y un año para estas conductas”.

Agregó que el segundo delito se configuró gracias a la denuncia presentada por las autoridades del establecimiento educativo y al material probatorio recabado: Sumado a esto, a través de la denuncia hecha por la autoridad del instituto —y tras analizar uno de los videos del sistema de vigilancia del ingreso— se tipificó el delito de daños agravados. Esto se debe a que el edificio afectado es un bien público y de utilidad social, por lo que el Código Penal prevé una agravante que incrementa la gravedad de este tipo de acciones. En resumen, se trata de tres hechos de crueldad animal, sumados al delito de daños agravados”.

El caso adquirió gran repercusión social y se difundió ampliamente en redes sociales, lo que generó un amplio debate en la comunidad. Ante la consulta sobre qué mensaje envía la Justicia a los vecinos de Fiambalá y del departamento ante hechos de tanta violencia y visibilidad, el fiscal respondió: En primer lugar, que la ley sigue vigente, y que además se está a la espera de la aprobación de proyectos que buscan agravar las penas para los delitos de crueldad animal. La normativa vigente, sancionada en el año 1954, no solo contempla la muerte de los animales como delito, sino que también tipifica otras conductas: no alimentarlos, someterlos a tratos crueles o dejarlos en situación de abandono, tal como lo establece el texto legal. Todas estas variantes hacen que quien cometa estas acciones sea responsable ante la ley”.

El representante del Ministerio Público, Barros Risatti, también adelantó que se profundizarán las indagaciones para conocer las causas de estas acciones: Más allá de la importancia de haber logrado determinar la participación del imputado —siempre con el grado de sospecha propio de esta etapa del proceso—, también vamos a realizar medidas para establecer si existe alguna motivación de índole psicológica o indicios de alguna afección mental en el acusado. Estos actos no se limitan a un abandono o a la falta de alimento, sino que implican, por así decirlo, un sufrimiento extremo y la muerte de los animales. Quedan pendientes pasos investigativos para verificar si está afectado por alguna situación, ya sea por consumo de sustancias estupefacientes o por alguna condición de salud mental que requiera un tratamiento específico”.

Consultado si este tipo de condiciones podría modificar la calificación legal de los hechos, el fiscal aclaró: En sí, la calificación del delito no cambia. Lo que se evalúa es la capacidad de imputabilidad del sujeto y, en su caso, la aplicación de medidas alternativas, como algún tipo de tratamiento para el imputado”.

Sobre el rol que cumplen las denuncias de los vecinos y la intervención policial para evitar que se repitan estos episodios, Barros Risatti destacó el valor de la participación ciudadana: Lo fundamental es que cualquier persona que tenga conocimiento de un hecho lo comunique a la policía o a la fiscalía. Nosotros intervenimos y no minimizamos ninguna de estas situaciones: aunque se trate de animales, estamos obligados por ley a investigar, perseguir estas conductas y lograr que los responsables reciban las consecuencias jurídicas correspondientes. Esto implica la imputación, la detención —si se cumplen los requisitos legales para ordenarla— y, en su momento, el juicio y la condena que corresponda, sin exenciones de responsabilidad”.

Finalmente, al ser consultado si este es el único caso de estas características que ha llegado a su despacho, el funcionario indicó: En principio, de estas características, sí. Se han presentado otros casos, pero por sus particularidades no se logró determinar la autoría de personas concretas. Por ejemplo, situaciones donde perros ingresaron a fincas y causaron daños a otros animales, o jaurías que atacaron especies, pero en los que no se pudo identificar a un responsable penalmente”.

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