Imputado por matar a un puma en Ambato enfrentará un juicio penal por violencia innecesaria

El requerimiento de elevación a juicio fundamenta su solicitud en el estricto cumplimiento de la Ley Nacional N° 14.346 de Protección Animal y la Ley Provincial N° 4.855 de Fauna Silvestre. Con este paso procesal, la Justicia provincial sienta un precedente decisivo contra la violencia hacia las especies autóctonas.
CatamarcaHace 1 horaTELEDIARIO.arTELEDIARIO.ar

Un hombre de 40 años, identificado como Diego Antonio Carrizo, deberá enfrentar un juicio oral en Catamarca acusado del delito de crueldad animal, tras dar por finalizada la Investigación Penal Preparatoria impulsada por el fiscal Facundo Barros Jorrat. La causa tuvo su origen a mediados de febrero de 2026, cuando el Director de Recursos Forestales, Suelo y Diversidad radicó una denuncia luego de que se viralizara en redes sociales un violento registro audiovisual en el que un grupo de personas y perros atacaban a un puma silvestre.

Los aberrantes hechos tuvieron lugar en la zona serrana de Casa de Piedra, en la localidad de Las Piedras Blancas, departamento Ambato. Según la reconstrucción de la Fiscalía, Carrizo capturó con un lazo y la ayuda de cuatro perros a este ejemplar de puma, especie autóctona bajo especial protección legal. Aprovechándose del estado de indefensión del felino, el imputado le ajustó el lazo en la cavidad bucal, le propinó golpes, incentivó a las jaurías a morderlo repetidamente y lo arrastró de manera salvaje sobre el suelo pedregoso hasta provocar su muerte.

Durante la instrucción del expediente, el acusado admitió haber matado al animal, argumentando que actuó en represalia por supuestos daños que la presencia del predador generaba en sus actividades productivas. Sin embargo, la Fiscalía desestimó esta justificación, argumentando que las pruebas reunidas —que incluyen el análisis audiovisual, testimonios, antecedentes e informes periciales y administrativos— demuestran un ejercicio inaceptable de violencia innecesaria que excede de forma absoluta cualquier marco de legítima defensa o gestión agropecuaria.

El requerimiento de elevación a juicio fundamenta su solicitud en el estricto cumplimiento de la Ley Nacional N° 14.346 de Protección Animal y la Ley Provincial N° 4.855 de Fauna Silvestre. Con este paso procesal, la Justicia provincial sienta un precedente decisivo contra la violencia hacia las especies autóctonas y remarca que los actos de barbarie difundidos en plataformas digitales no quedarán impunes en el fuero penal.

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