«Hablar sin pruebas trae consecuencias»: La defensa de Darío Cabrera ratifica acciones legales contra Diamante y Núñez

El abogado Rentín Villegas puntualizó que, en caso de no verificarse la retractación o un pedido de disculpas formal dentro del término estipulado, se formalizará la querella criminal ante la Secretaría Penal de la Corte de Justicia de Catamarca, organismo que posteriormente derivará la causa a la Cámara Penal que corresponda por turno.
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Gustavo Daniel Rentín Villegas en TELEDIARIO Argentina.
Gustavo Daniel Rentín Villegas en TELEDIARIO Argentina.

El secretario de Hacienda y Finanzas del Municipio de Fiambalá, Darío Julián Cabrera, resolvió iniciar acciones judiciales por calumnias e injurias contra Hugo Diamante, conductor de un espacio de transmisión en vivo por streaming, y contra el concejal Pablo Núñez. La medida responde a una serie de afirmaciones emitidas a través de redes sociales en las que se acusó al funcionario municipal de supuestas irregularidades financieras.

La información fue ratificada por su representante legal, el Dr. Gustavo Daniel Rentín Villegas, en una entrevista concedida desde San Fernando del Valle de Catamarca. Según explicó el letrado, las acusaciones vertidas carecen por completo de sustento fáctico y constituyen afirmaciones mendaces que lesionan de forma directa el honor y la reputación de su representado.

Inicio del procedimiento legal e intimación formal

Al detallar la estrategia procesal adoptada, el Dr. Rentín Villegas precisó que el primer paso formal consistió en la remisión de cartas documento dirigidas tanto a Hugo Diamante como al edil Pablo Núñez. A través de dichas intimaciones, se les otorgó un plazo de 72 horas para que procedan a retractarse públicamente de sus dichos en las mismas plataformas en las cuales fueron difundidos.

El abogado puntualizó que, en caso de no verificarse la retractación o un pedido de disculpas formal dentro del término estipulado, se formalizará la querella criminal ante la Secretaría Penal de la Corte de Justicia de Catamarca, organismo que posteriormente derivará la causa a la Cámara Penal que corresponda por turno.

Consecuencias y encuadre de las calumnias e injurias

Consultado acerca de la gravedad de estas imputaciones mediáticas, el Dr. Rentín Villegas advirtió que el Código Penal califica a las calumnias y a las injurias como delitos contra el honor. Remarcó que este tipo de contravenciones no solo acarrean responsabilidad penal, sino que también pueden derivar en serias consecuencias de índole patrimonial para quienes atribuyan falsamente la comisión de delitos a otras personas.

En este sentido, enfatizó que "el uso de un micrófono o la difusión en redes sociales no otorga impunidad para difamar el buen nombre de un ciudadano o funcionario público". Respecto de la exigencia de presentación de elementos probatorios, aclaró que la carga procesal de demostrar la veracidad de lo manifestado recae sobre la parte acusadora, señalando que las transmisiones en vivo realizadas hasta la fecha no revisten el carácter de una denuncia formal, sino de meras opiniones infundadas.

Desmentida categórica de supuestos sobresueldos

En el plano técnico-financiero, el representante legal desmintió categóricamente las versiones que señalaban el cobro de supuestas sumas millonarias o sobresueldos en moneda extranjera dentro de la administración municipal. Declaró que en la Municipalidad de Fiambalá ningún funcionario percibe sobresueldos ni en pesos ni en dólares, e indicó que la gestión financiera mantiene una labor periódica y transparente con el Tribunal de Cuentas de la provincia.

Asimismo, el letrado recordó que la responsabilidad legal alcanza de igual modo a quienes replican o reproducen material difamatorio en redes sociales, en virtud de la doctrina jurídica aplicable sobre la difusión de aseveraciones falsas.

Ruta procesal y recomendación técnica

En relación a los plazos procesales estimados, se prevé que tras la presentación formal de la demanda, la Corte convoque a una audiencia de conciliación en un lapso aproximado de 15 a 20 días hábiles. Si bien el procedimiento contempla esta instancia de conciliación, la querella la concibe como una etapa clave para la determinación de responsabilidades legales.

Respecto a la eventual participación de otras personas mencionadas en las transmisiones públicas —como la contadora Milagros Martínez y el intendente de Fiambalá, Raúl Úsqueda—, el abogado indicó no haber recibido instrucciones directas al momento, aunque no descartó que puedan interponer acciones legales de manera independiente o acoplarse al proceso iniciado.

Finalmente, respecto al asesoramiento brindado a su asistido, el Dr. Rentín Villegas sostuvo que la recomendación técnica ante este tipo de conflictos es mantener la templanza, evitar réplicas mediáticas y canalizar el reclamo estrictamente dentro de las garantías del debido proceso judicial, ratificando la decisión firme de avanzar hasta las últimas consecuencias legales.

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