
Catamarca: habilitan nuevos permisos mineros en el Salar del Hombre Muerto
TELEDIARIO.ar
La Corte de Justicia de Catamarca resolvió dejar sin efecto la medida cautelar que regía sobre la subcuenca del Río Los Patos desde marzo de 2024. En aquel momento, el tribunal había ordenado al Gobierno provincial abstenerse de otorgar nuevos permisos de obra minera en el Salar del Hombre Muerto, ante la falta de una evaluación ambiental integral. La causa se originó en una acción de amparo ambiental que cuestionaba las autorizaciones concedidas a siete empresas de litio sin cumplir los requisitos legales.
El fallo, votado de manera unánime por los ministros Hernán Martel, Fernanda Rosales Andreotti, Jorge Bracamonte, Fabiana Gómez y Verónica Saldaño, se fundamentó en el Estudio de Gestión Integral de Impacto Ambiental Acumulativo (EGIA). Este informe fue elaborado por la consultora LIPAT con financiamiento del Consejo Federal de Inversiones, aprobado por el Ministerio de Minería en febrero de 2026 y confirmado por el Poder Ejecutivo mediante decreto el 10 de marzo.
La Corte consideró que el estudio aportó información técnica suficiente para disipar la incertidumbre que justificaba la medida provisoria. Además, recordó que las cautelares ambientales tienen carácter temporal y no pueden extenderse indefinidamente sobre actividades autorizadas por ley. No obstante, el tribunal exigió mantener mecanismos de monitoreo, seguimiento hidrológico y control ambiental, tal como lo establece la normativa vigente y el propio informe.
El levantamiento de la cautelar no implica el cierre de la causa. La demanda original, que busca la nulidad de los permisos otorgados a las empresas mineras, continúa en trámite. El fallo se inscribe en un debate nacional sobre la explotación del litio, ya que la Corte Suprema de Justicia de la Nación también analiza pedidos similares en otras provincias del norte argentino.



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