
La Justicia habilitó amparo colectivo contra la reforma laboral
TELEDIARIO.ar
La resolución del juez en lo Contencioso Administrativo Federal, Martín Cormick, establece que el planteo del CPACF debe tramitar como acción colectiva, diferenciándose del proceso iniciado por la CGT. El magistrado rechazó unificar ambos expedientes, al considerar que los colectivos representados son distintos: mientras la central obrera defiende a los trabajadores, el Colegio Público actúa en representación de los abogados laboralistas. El expediente fue inscripto en el Registro de Procesos Colectivos y se definió que el grupo alcanzado está integrado por los letrados matriculados que litigan en el fuero del Trabajo.
La demanda cuestiona dos artículos clave de la reforma. El artículo 10, que habilita la responsabilidad solidaria de los abogados por las costas en casos de sobreestimación de créditos reclamados, es considerado por los demandantes como una medida inédita que vulnera garantías constitucionales y coacciona el ejercicio profesional. El artículo 56, por su parte, permite el pago en cuotas de sentencias laborales y fija un tope a las costas, lo que según el CPACF perjudica el cobro de honorarios y desconoce su carácter alimentario. Los abogados advierten que podrían verse obligados a esperar aún más tiempo para percibir sus retribuciones, en un fuero donde los juicios suelen extenderse por años.
La presidenta del CPACF, Alejandra García, celebró la decisión judicial como un paso importante al reconocer la representación adecuada del Colegio en defensa de los intereses de los abogados. “Desde el primer día sostuvimos que la reforma laboral no solo perjudica a los trabajadores, sino que también incorpora reglas que afectan el ejercicio de la abogacía”, afirmó. García subrayó que la posibilidad de diferir en cuotas el pago de honorarios profesionales desconoce su carácter alimentario y posterga aún más el cobro de quienes ya esperan largos plazos hasta la finalización de un juicio laboral.


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