El régimen libertario de Milei fijó por decreto el salario mínimo en $437 mil y consolida haberes bajo la línea de indigencia

La determinación oficial se concretó luego del fracaso en las negociaciones del Consejo del Salario, instancia en la que las centrales sindicales habían solicitado una base de 993.000 pesos para fin de año, frente a una propuesta patronal de 437.707 pesos. 
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Javier Gerardo Milei.
Javier Gerardo Milei.

El Gobierno nacional resolvió de forma unilateral fijar el nuevo Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) a través de la Resolución 4/2026 oficializada en el Boletín Oficial, disponiendo que el piso de ingresos alcanzará los 437.000 pesos recién en abril de 2027. La determinación oficial se concretó luego del fracaso en las negociaciones del Consejo del Salario, instancia en la que las centrales sindicales habían solicitado una base de 993.000 pesos para fin de año, frente a una propuesta patronal de 437.707 pesos. Al no alcanzarse un consenso entre las partes, el Poder Ejecutivo terminó estableciendo una cifra final levemente inferior a la ofertada por las cámaras empresariales.

El esquema delineado contempla un sendero de ocho tramos mensuales consecutivos con variaciones promedio de 7.500 pesos mensuales, iniciando en septiembre con 383.800 pesos (1.919 pesos por hora) y culminando en abril próximo. Con esta actualización, el ingreso básico —que se situaba en 376.600 pesos— registrará un incremento acumulado de apenas 60.400 pesos en un lapso de ocho meses. De este modo, la remuneración testigo se consolida muy por debajo de los 708.016 pesos que demanda la línea de indigencia y apenas llega a cubrir cerca de una cuarta parte de los 1.564.716 pesos necesarios para no caer en la pobreza, según los parámetros de la canasta básica.

La pauta remunerativa establecida alcanza a los trabajadores regidos por la Ley de Contrato de Trabajo, el régimen agrario y el personal de la Administración Pública Nacional. Asimismo, la medida impacta de manera directa en el cálculo de diversos beneficios sociales y asistenciales, tales como el seguro por desempleo y las becas universitarias, además de establecer el límite legal de inembargabilidad de los haberes. En materia de protección por cese laboral, el texto normativo dispuso que la prestación mensual equivaldrá al 75 por ciento del mejor sueldo percibido en el último semestre previo al despido, estableciendo como topes un mínimo del 50 por ciento y un máximo del 100 por ciento del piso salarial vigente.

El nuevo ajuste profundizará el deterioro que exhibe el poder de compra de los sectores asalariados más vulnerables frente al proceso inflacionario. De acuerdo con informes del Instituto Interdisciplinario de Economía Política (UBA-CONICET), el salario mínimo real sufrió una contracción acumulada del 40,5 por ciento desde finales de 2023 hasta mediados de 2026, consolidando una pérdida adquisitiva histórica que deja a los ingresos de referencia sustancialmente distanciados de las necesidades alimentarias elementales.

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